Sentencia Social Nº S/S, ...ro de 2005

Última revisión
18/02/2005

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 5717/2003 de 18 de Febrero de 2005

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 18 de Febrero de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GIL SUAREZ, LUIS

Nº de sentencia: S/S

Núm. Cendoj: 28079140012005100893

Núm. Ecli: ES:TS:2005:994

Resumen
El TS estima el recurso interpuesto por el Gobierno de Cantabria, demandado en el proceso, y desestima la pretensión de la demanda relativa al pago de las cuotas colegiales correspondientes al año 2002, absolviendo a los organismos demandados de tal pretensión. Se mantienen los restantes pronunciamientos de la sentencia recurrida, que condenan al Insalud al pago a la actora de las cuotas colegiales de períodos los anteriores al 1 de enero del 2002. Basa la Sala su pronunciamiento en que el proceso de transferencia de competencias en materia de Sanidad producido a favor de la Comunidad Autónoma Cántabra, con efectos de enero del año 2002, supone la asunción por parte de dicho ente autonómico de las obligaciones establecidas por Ley a favor de los profesionales que desarrollan su función en el Servicio Cántabro de Salud y, en tal sentido, no cabe la menor duda que las obligaciones de índole retributiva deben ser asumidas por la nueva Administración en los propios términos en que estaban establecidas para el INSALUD. Pero no puede imponerse a dicha Comunidad Autónoma el pago de un concepto indemnizatorio que tiene su remoto origen en un acuerdo puramente voluntario adoptado por el Insalud y que ha sido generalizado por la jurisprudencia de esta Sala, a la totalidad del personal estatutario sujeto a colegiación en aras, exclusivamente, al principio de no discriminación. Por consiguiente, a partir del 1 de enero de 2002, fecha en que la actora fue transferida a la Comunidad Autónoma de Cantabria y pasó a pertenecer al Servicio Cántabro de Salud, dicha demandante no tiene derecho a que esa entidad empleadora le haga efectivo el pago de las cuotas que aquélla haya podido abonar a su Colegio Profesional.

Voces

Pago de la indemnización

Derecho adquirido

Puesto de trabajo

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de dos mil cinco.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de …

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