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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 659/2003 de 20 de Enero de 2004
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Orden: Social
Fecha: 20 de Enero de 2004
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: FUENTES LOPEZ, VICTOR
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140012004100003
Resumen
La cuestión debatida consiste en determinar si, a efectos del subsidio de desempleo, han de considerarse rentas de cualquier naturaleza "los beneficios asistenciales", sin más concreciones o especificaciones, percibidos por el marido de la beneficiaria en un mes. Recoge la sentencia que, sí consta como probado que en la nómina del uno de mayo de 2.001 el marido de la beneficiaria, percibió por el concepto de beneficio asistencial 16.065.-ptas, lo que hizo que dicha nómina ascendiera a 172.746.-ptas, cuando el tope legal para una unidad familiar de tres miembros para el año 2001 es de 162.270.-ptas y además el INEM no ha probado a que conceptos corresponden tales beneficios asistenciales, estando por lo demás claro, que dicha cantidad no integra la base de cotización como se deducía de la simple lectura de la nómina, debe concluirse que lo percibido un mes por el concepto beneficio asistencial tiene naturaleza extrasalarial, no teniendo el concepto de rentas de cualquier naturaleza dado su carácter indemnizatorio y episódico.
Voces
Recibo de salarios
Subsidio por desempleo
Desempleo
Dietas
Percepciones no salariales
Base de cotización
Prestaciones no contributivas
Plus de transporte
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinte de Enero de dos mil cuatro.
Vistos los presentes autos pendientes, ante esta Sala, en virtud del recurso de Casación para la Unificación de …
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