Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo So...e 03 de Mayo de 2004
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4584/2001 de 03 de Mayo de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 03 de Mayo de 2004
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: CADENAS SOBREIRA, MIGUEL ANGEL
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 4584/2001
Núm. Cendoj: 15030340012004101895
Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2004:2989
Resumen
El TSJ confirma la sentencia de instancia que condena a la entidad demandada a que abone al actor la cantidad de un millón noventa mil ciento setenta y una pesetas (1.090.171 ptas.), en concepto de atrasos de las revalorizaciones del complemento de antigüedad del período comprendido entre el uno de enero de mil novecientos noventa y seis y el treinta y uno de diciembre de dos mil, al desestimar el recurso interpuesto por el SERGAS. Y ello porque, según recoge la sentencia, siguiendo sentencias precedentes de este Tribunal, según las distintas leyes de presupuestos los complementos personales (que es la naturaleza propia del premio de antigüedad) "se regirán por su normativa específica", lo que supone para el personal estatutario que se rige por el Real Decreto ley 3/87, la fijación de una cuantía anual para el abono de los trienios, pero para el personal de cupo y zona, cuyo premio de antigüedad se calcula en una proporción sobre la retribución básica, se incrementará al incrementarse ésta, manteniéndose el anterior régimen, en su totalidad, y que suponía su revalorización anual.
Voces
Plus de antigüedad
Trienio
Complemento ad personam
Derecho adquirido
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