Sentencia Social Tribunal...re de 2008

Última revisión
02/10/2008

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3642/2007 de 02 de Octubre de 2008

Tiempo de lectura: 16 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 02 de Octubre de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SOUTO PRIETO, JESUS

Núm. Cendoj: 28079140012008100705

Resumen
Recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en suplicación, con fecha 17 de septiembre de 2007, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de los de Zaragoza, de fecha 11 de mayo de 2007.Pensión de viudedad: cuantía del 70 por 100; requisito de cargas familiares; inclusión en la unidad familiar de los hijos privativos del cónyuge viudo nacidos con posterioridad al fallecimiento del causante, aun cuando exista el padre de aquéllos y tenga obligación de alimentos sobre ellos.Se discute si deben considerarse o no incluidos en la unidad económica familiar los hijos del cónyuge viudo nacidos con posterioridad al fallecimiento del causante de la pensión de viudedad cuando viva el padre de éstos, a efectos del reconocimiento de una cuantía de la pensión de viudedad del 70 por 100. El Tribunal Supremo, en base a doctrina previa, contesta afirmativamente.La STS de 2 de octubre de 2008, siguiendo doctrina previa (STS de 23 de septiembre de 1997, referida a derecho a subsidio por desempleo), dictamina que deben considerarse incluidos en la unidad económica familiar los hijos privativos del cónyuge viudo nacidos con posterioridad al fallecimiento del causante de la pensión de viudedad, incluso cuando viva el padre de éstos y tenga obligación de alimentos, a efectos del reconocimiento de una cuantía de la pensión de viudedad del 70 por 100; puesto que aun cuando la pensión de viudedad fue causada por el cónyuge fallecido, pertenece al cónyuge supérstite y  el requisito de exigido de tener cargas familiares debe ser exigido al beneficiario y la referencia a los hijos está realizada en relación al beneficiario y no al causante y tan hijos son unos como otros, los tenidos con el causante como los posteriores..

Voces

Pensión de viudedad

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Desempleo

Cuantía de las prestaciones

Base reguladora pensión de viudedad

Fondo del asunto

Salario mínimo interprofesional

Pagas extraordinarias

Pensión de orfandad

Prestación por muerte y supervivencia

Responsabilidad

Minusvalía

Subsidio por desempleo

Fundamentos

SENTENCIA


Resolviendo recurso contra resolución: Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de 17/09/2007.

Número de Recurso: 3642/2007
Procedimiento: SOCIAL

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a …

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