Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 37/2006 de 27 de Septiembre de 2007
Última revisión
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 37/2006 de 27 de Septiembre de 2007
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 27 de Septiembre de 2007
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: AGUSTI JULIA, JORDI
Nº de recurso: 37/2006
Núm. Cendoj: 28079140012007101180
Núm. Ecli: ES:TS:2007:6880
Resumen
Se desestima recurso de casación interpuesto frente a sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, sobre complemento de antigüedad. Se determina que el convenio colectivo tiene que someterse y ajustarse a los dictados de la Constitución, de la Ley y de los reglamentos, respetando en todo caso los principios y los derechos constitucionales y, en concreto, le está vedado el establecimiento de diferencias en el trato de los trabajadores, a menos que tales diferencias sean razonables, objetivas, equitativas y proporcionadas. Cuando se trata de retribución del trabajo no caben las generalizaciones, de manera que el principio general a tener en cuenta es el de igual retribución a trabajo de igual valor, estando desprovista de toda fundamentación razonable la inclusión en el convenio colectivo de diferencias salariales en atención únicamente a la fecha de la contratación. No es aceptable que el convenio colectivo mantenga el premio de antigüedad y lo establezca para el futuro en cuantía distinta para dos colectivos de trabajadores, exclusivamente en función de que la fecha de su ingreso en la empresa como fijos sea anterior o posterior al 31 de mayo de 1995.
Voces
Convenio colectivo
Sindicatos
Plus de antigüedad
Incongruencia omisiva
Impugnación de convenios colectivos
Complementos salariales
Indefensión
Vicio de incongruencia
Principio de igualdad
Trabajador fijo
Error de hecho
Complemento ad personam
Derecho de igualdad
Salario base
Derecho adquirido
Fondo del asunto
Ius cogens
Principio de condición más beneficiosa
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