Última revisión
16/07/2026
Sentencia Social 123/2026 Tribunal de Instancia. Sección de lo Social plaza nº 4 de Gijón, Rec. 183/2025 de 14 de abril del 2026
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Orden: Social
Fecha: 14 de Abril de 2026
Tribunal: Tribunal de Instancia. Sección de lo Social plaza nº 4 de Gijón
Ponente: FRANCISCA SABATER DIEZ DE TEJADA
Nº de sentencia: 123/2026
Núm. Cendoj: 33024440042026100010
Núm. Ecli: ES:TIS:2026:1210
Núm. Roj: STIS 1210:2026
Encabezamiento
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PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA S/N (NUEVO PALACIO DE JUSTICIA DE GIJON)
Equipo/usuario: FSD
Modelo: N02700 SENTENCIA
Procedimiento origen: /
Sobre: ORDINARIO
En GIJÓN, a catorce de abril de dos mil veintiséis.
Dª. FRANCISCA SABATER DÍEZ DE TEJADA Magistrado/a Juez del PLAZA Nº 4 DE LA SECCION DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA tras haber ver el presente CLASIFICACION PROFESIONAL 0000183 /2025 a solicitud De Dª. Felicidad, contra COMPAÑÍA PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS EN ASTURIAS SAU, ha pronunciado la siguiente
Antecedentes
Hechos
Revisa la documentación de los vehículos que entran comprobando que los datos son válidos, mediante el Ok en la pantalla. Firma lascartas de porte. Son los analistas los que apertura las hojas de laboratorio. En cuanto a la carga de datos de los residuos a un determinado contrato, parece lógico que sea la es el equipo de división de residuos el que lo hace, asociando al cliente el tipo de residuos, siendo posteriormente la trabajadora la que en el área de facturación comprueba los datos a la hora de facturar choretamente. Valida electrónicamente en una plataforma la documentación que corresponde a los residuos que entran, comprobando peso, residuos y LER enviándolo al Ministerio de Medio Ambiente, cliente, gestor y transportista.
En cuanto a la facturación de los residuos peligrosos la trabajadora valida las cantidades las cantidades pesadas, desglosando cuando un cliente ingresa diversos tipos de residuo y la facturación posterior, estando los precios predeterminados generándose la factura una vez incorporados, aplicándose la tarifa correcta.
En cuanto a las funciones para Arcelormittal, la citada entidad genera hojas de servicios con los tickets que recibió a la entrada y depósito del residuo. Cuando la citada empresa emite orden factura, es la trabajadora la que comprueba ess documentación para confeccionar la factura. Utilizan una plataforma específica para el servicio a dicha entidad a la que solamente tienen acceso ella y el responsable de contabilidad.
Se encargó de los datos de puntos limpios móviles hasta el 1 de abril de 2024 y desde entonces puntos limpios de EMULSA. Es ella la que solicita los datos de analíticas al laboratorio para determinar la facturación del aceite.
Fundamentos
En el anterior convenio se recogía:
Comprobemos las funciones que tiene encomendadas y que ha quedado acreditadas y recogidas en hechos probados.
Siendo estas las funciones que hemos extraído de la prueba documental, fundamentalmente del extenso informe de la inspección de trabajo que realiza un análisis pormenorizado y comparativo de las funciones que una y otra parte define destacando las conformidades y las contiendas, este juzgador considera que la línea de defensa de la empresa pasa por hacer ver que la trabajadora ostenta la condición que tiene de administrativo de segunda por el hecho de que no carga datos o maneja datos tales como pesajes o análisis de laboratorio; considera que dado que utiliza datos facilitados por otros departamentos para efectuar la facturación, resta autonomía y complejidad técnica a su labor. Pero lo cierto es que la trabajador as encuentra destinada en el área de economía interviniendo en la facturación de clientes. La interpretación que la empresa realiza impediría que en el área de facturación de la empresa existiese la categoría que la trabajadora impetra pues en la labor de facturación de esta y de cualquier empresa, la persona encargada debe manejar los datos que facilitan otras áreas de la entidad; no cabría pensar que fuese ella la que obtuviese los datos por ejemplo del laboratorio de residuos y ella misma la que los cargase y elaborase la factura. Poco más cabe hacer, al margen de las funciones técnicas lógicamente que constituyen el objeto de la compañía, en las funciones que prestan al cliente Arcelormittal y en el ámbito de facturación o económico en el que está destinada. La supervisión exclusiva por el jefe del departamento deponente perfectamente la hace subsumible en la categoría que impetra y que vamos a reconocer.
En cuanto a la cuantía que alcanza las diferencias salariales realiza la parte actora un acertado desglose de cantidades que asumimos en hechos probados.
Considerando los preceptos legales citados y el resto de normativa general aplicable
Fallo
Estimo la demanda presentada por Dª. Felicidad contra COMPAÑÍA PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS EN ASTURIAS SAU, declaro que su categoría profesional es la de oficial administrativo de primera y le condeno al abono de la cantidad de 4781,4 euros por las diferencias retributivas del año 2024.
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Incorpórese esta Sentencia al correspondiente libro, expídase certificación literal de la misma para su constancia en los autos de referencia.
Adviértase al recurrente que fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, que al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
