Sentencia Social Tribunal...io de 2003

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09/07/2003

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 1570/2003 de 09 de Julio de 2003

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Orden: Social

Fecha: 09 de Julio de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SAMPER JUAN, JOAQUIN

Resumen:
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO. CRITERIO DE IMPUTACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LA EMPRESA. FALTA DE CONTRADICCIÓN. FALTA DE CONTENIDO CASACIONAL.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Julio de dos mil tres.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 37 de los de Madrid se dictó Sentencia en fecha 11 de febrero de 2002, en el procedimiento nº 810/01 seguido a instancia de Rubén contra ENPLAST, S.A. y ALLIANZ CIA SEGUROS Y REASEGUROS , S.A., sobre accidente de trabajo, que estimaba en parte la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandada, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid, en fecha 9 de enero de 2003 , que estimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia revocaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 10 de marzo de 2003 se formalizó por el letrado D. Jesús Juanas Iglesias en nombre y representación de Rubén , recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de 19 de mayo de 2003 acordó abrir el trámite de inadmisión , por falta de contradicción y falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones , lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Julio de dos mil tres.

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 37 de los de Madrid se dictó Sentencia en fecha 11 de febrero de 2002, en el procedimiento nº 810/01 seguido a instancia de Rubén contra ENPLAST, S.A. y ALLIANZ CIA SEGUROS Y REASEGUROS , S.A., sobre accidente de trabajo, que estimaba en parte la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandada, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid, en fecha 9 de enero de 2003 , que estimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia revocaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 10 de marzo de 2003 se formalizó por el letrado D. Jesús Juanas Iglesias en nombre y representación de Rubén , recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de 19 de mayo de 2003 acordó abrir el trámite de inadmisión , por falta de contradicción y falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones , lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. Jesús Juanas Iglesias, en nombre y representación de Rubén contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid de fecha 9 de enero de 2003, en el recurso de suplicación número 4620/02, interpuesto por ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 37 de los de Madrid de fecha 11 de febrero de 2002, en el procedimiento nº 810/01 seguido a instancia de Rubén contra ENPLAST, S.A. y ALLIANZ CIA SEGUROS Y REASEGUROS , S.A., sobre accidente de trabajo.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. Jesús Juanas Iglesias, en nombre y representación de Rubén contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid de fecha 9 de enero de 2003, en el recurso de suplicación número 4620/02, interpuesto por ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 37 de los de Madrid de fecha 11 de febrero de 2002, en el procedimiento nº 810/01 seguido a instancia de Rubén contra ENPLAST, S.A. y ALLIANZ CIA SEGUROS Y REASEGUROS , S.A., sobre accidente de trabajo.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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