Sentencia Social Tribunal...ro de 2007

Última revisión
30/01/2007

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 1862/2006 de 30 de Enero de 2007

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Orden: Social

Fecha: 30 de Enero de 2007

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SAMPEDRO CORRAL, MARIANO

Resumen:
Despido. Trabajador designado para la prevención de riesgos. Improcedencia por falta de expediente contradictorio. Falta de contradicción.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta de Enero de dos mil siete.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 21 de los de Madrid se dictó Sentencia en fecha 28 de enero de 2005, en el procedimiento nº 1109/04 seguido a instancia de D. Antonio contra IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A. y MINISTERIO FISCAL, sobre despido, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA , S.A., siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid, en fecha 27 de diciembre de 2005, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 12 de mayo de 2006 se formalizó por el letrado D. Braulio Molina González-Pumariega en nombre y representación de IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A., recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala , por providencia de 13 de noviembre de 2006 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta de Enero de dos mil siete.

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 21 de los de Madrid se dictó Sentencia en fecha 28 de enero de 2005, en el procedimiento nº 1109/04 seguido a instancia de D. Antonio contra IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A. y MINISTERIO FISCAL, sobre despido, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA , S.A., siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid, en fecha 27 de diciembre de 2005, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 12 de mayo de 2006 se formalizó por el letrado D. Braulio Molina González-Pumariega en nombre y representación de IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A., recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala , por providencia de 13 de noviembre de 2006 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. Braulio Molina González-Pumariega, en nombre y representación de IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A. contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid de fecha 27 de diciembre de 2005, en el recurso de suplicación número 3012/05 , interpuesto por IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A., frente a la Sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 21 de los de Madrid de fecha 28 de enero de 2005, en el procedimiento nº 1109/04 seguido a instancia de D. Antonio contra IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A. y MINISTERIO FISCAL , sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente, y pérdida del depósito constituido para recurrir , dándose, en su caso, a las consignaciones y aseguramientos prEstados el destino que corresponda, de acuerdo con la Sentencia de suplicación.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. Braulio Molina González-Pumariega, en nombre y representación de IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A. contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Madrid de fecha 27 de diciembre de 2005, en el recurso de suplicación número 3012/05 , interpuesto por IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A., frente a la Sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 21 de los de Madrid de fecha 28 de enero de 2005, en el procedimiento nº 1109/04 seguido a instancia de D. Antonio contra IBERING ESTUDIOS Y PROYECTOS, SA., EPTISA SERVICIOS DE INGENIERIA, S.A. y MINISTERIO FISCAL , sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente, y pérdida del depósito constituido para recurrir , dándose, en su caso, a las consignaciones y aseguramientos prEstados el destino que corresponda, de acuerdo con la Sentencia de suplicación.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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