Sentencia Social Tribunal...zo de 2007

Última revisión
22/03/2007

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 2934/2006 de 22 de Marzo de 2007

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 5 min

Orden: Social

Fecha: 22 de Marzo de 2007

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GIL SUAREZ, LUIS

Resumen:
Incapacidad permanente parcial. No se reconoce. Falta de contradicción

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil siete.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 3 de los de Gerona se dictó Sentencia en fecha 16 de noviembre de 2004, en el procedimiento nº 476/04 seguido a instancia de D. Alberto contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre incapacidad permanente parcial, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Cataluña, en fecha 28 de febrero de 2006, que estimaba el recurso interpuesto y , en consecuencia revocaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 1 de septiembre de 2006 se formalizó por la Procuradora Doña Isabel Juliá Corujo en nombre y representación de D. Alberto, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de 29 de enero de 2007 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil siete.

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 3 de los de Gerona se dictó Sentencia en fecha 16 de noviembre de 2004, en el procedimiento nº 476/04 seguido a instancia de D. Alberto contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre incapacidad permanente parcial, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Cataluña, en fecha 28 de febrero de 2006, que estimaba el recurso interpuesto y , en consecuencia revocaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 1 de septiembre de 2006 se formalizó por la Procuradora Doña Isabel Juliá Corujo en nombre y representación de D. Alberto, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de 29 de enero de 2007 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Procuradora Doña Isabel Juliá Corujo, en nombre y representación de D. Alberto contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Cataluña de fecha 28 de febrero de 2006, en el recurso de suplicación número 1379/05, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 3 de los de Gerona de fecha 16 de noviembre de 2004 , en el procedimiento nº 476/04 seguido a instancia de D. Alberto contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , sobre incapacidad permanente parcial.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida , sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Procuradora Doña Isabel Juliá Corujo, en nombre y representación de D. Alberto contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Cataluña de fecha 28 de febrero de 2006, en el recurso de suplicación número 1379/05, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 3 de los de Gerona de fecha 16 de noviembre de 2004 , en el procedimiento nº 476/04 seguido a instancia de D. Alberto contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , sobre incapacidad permanente parcial.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida , sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.