Sentencia Social Tribunal...re de 2006

Última revisión
11/10/2006

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 5130/2005 de 11 de Octubre de 2006

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Orden: Social

Fecha: 11 de Octubre de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: VARELA AUTRAN, BENIGNO

Resumen:
Incapacidad permanente: procedencia. Determinación de grado. Falta de contradicción y falta de contenido casacional.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Octubre de dos mil seis.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 7 de los de Alicante se dictó Sentencia en fecha 29 de octubre de 2.004, en el procedimiento nº 484/04 seguido a instancia de DON Felipe contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA MUPRESPA-MUPAG-PREVISIÓN y CONSTRUCCIONES IGLEMA, S.L., sobre incapacidad permanente, que desestimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por DON Felipe , siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana, en fecha 21 de junio de 2.005, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 22 de diciembre de 2.005 se formalizó por la Letrada Doña Carmen Robledillo Sánchez, en nombre y representación de DON Felipe, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de fecha 11 de julio de 2.006 acordó abrir el trámite de inadmisión , por falta de contradicción y falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Octubre de dos mil seis.

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 7 de los de Alicante se dictó Sentencia en fecha 29 de octubre de 2.004, en el procedimiento nº 484/04 seguido a instancia de DON Felipe contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA MUPRESPA-MUPAG-PREVISIÓN y CONSTRUCCIONES IGLEMA, S.L., sobre incapacidad permanente, que desestimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por DON Felipe , siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana, en fecha 21 de junio de 2.005, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 22 de diciembre de 2.005 se formalizó por la Letrada Doña Carmen Robledillo Sánchez, en nombre y representación de DON Felipe, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de fecha 11 de julio de 2.006 acordó abrir el trámite de inadmisión , por falta de contradicción y falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Letrada Doña Carmen Robledillo Sánchez en nombre y representación de DON Felipe contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana de fecha 21 de junio de 2.005, en el recurso de suplicación número 562/05, interpuesto por DON Felipe, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 7 de los de Alicante de fecha 29 de octubre de 2.004, en el procedimiento nº 484/04 seguido a instancia de DON Felipe contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA MUPRESPA-MUPAG-PREVISIÓN y CONSTRUCCIONES IGLEMA, S.L. , sobre incapacidad permanente.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Letrada Doña Carmen Robledillo Sánchez en nombre y representación de DON Felipe contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de la comunidad Valenciana de fecha 21 de junio de 2.005, en el recurso de suplicación número 562/05, interpuesto por DON Felipe, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 7 de los de Alicante de fecha 29 de octubre de 2.004, en el procedimiento nº 484/04 seguido a instancia de DON Felipe contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA MUPRESPA-MUPAG-PREVISIÓN y CONSTRUCCIONES IGLEMA, S.L. , sobre incapacidad permanente.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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