Sentencia Social Tribunal...ro de 2007

Última revisión
11/01/2007

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 5485/2004 de 11 de Enero de 2007

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Orden: Social

Fecha: 11 de Enero de 2007

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DE CASTRO FERNANDEZ, LUIS FERNANDO

Resumen:
INCAPACIDAD PERMANENTE. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN, POR VARIAR TODOS LOS DATOS A VALORAR. FALTA DE INTERÉS CASACIONAL.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Enero de dos mil siete.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNÁNDEZ

Antecedentes

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social nº 7 de Murcia se dictó Sentencia en fecha 12 de mayo de 2004 , en el procedimiento nº 297/04, seguido a instancia de D ,. Rafael contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre invalidez, que desestimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandante, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Murcia, en fecha 15 de noviembre de 2004, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia confirmaba la Sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 18 de enero de 2005 se formalizó por la Letrada Dña. Mª Dolores López Hernández en nombre y representación de D. Rafael, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala , por providencia de 24 de octubre de 2005 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción entre la Sentencia recurrida y la de contraste. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Enero de dos mil siete.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNÁNDEZ

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social nº 7 de Murcia se dictó Sentencia en fecha 12 de mayo de 2004 , en el procedimiento nº 297/04, seguido a instancia de D ,. Rafael contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre invalidez, que desestimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandante, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Murcia, en fecha 15 de noviembre de 2004, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia confirmaba la Sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 18 de enero de 2005 se formalizó por la Letrada Dña. Mª Dolores López Hernández en nombre y representación de D. Rafael, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala , por providencia de 24 de octubre de 2005 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción entre la Sentencia recurrida y la de contraste. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina, interpuesto por la representación de Don Rafael contra la sentencia dictada el día 15/11/2004 por la Sala de lo Social del Tribunal superior de Murcia [recurso de suplicación núm. 1157/04], confirmatoria de la que en fecha 22/06/2004 había pronunciado el juzgado de lo Social número Siete de Murcia, en procedimiento seguido en reclamación de IPATT, a instancia del hoy recurrente y frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este Auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina, interpuesto por la representación de Don Rafael contra la sentencia dictada el día 15/11/2004 por la Sala de lo Social del Tribunal superior de Murcia [recurso de suplicación núm. 1157/04], confirmatoria de la que en fecha 22/06/2004 había pronunciado el juzgado de lo Social número Siete de Murcia, en procedimiento seguido en reclamación de IPATT, a instancia del hoy recurrente y frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este Auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

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