Sentencia Social Tribunal...ro de 2007

Última revisión
30/01/2007

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 5569/2005 de 30 de Enero de 2007

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Orden: Social

Fecha: 30 de Enero de 2007

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTIN VALVERDE, ANTONIO

Resumen:
Despido. Contrato de interinidad por vacante que excede de 3 m de duración. Correos y Telégrafos. Falta de contradicción

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta de Enero de dos mil siete.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 1 de los de Santa Cruz de Tenerife se dictó Sentencia en fecha 30 de junio de 2005, en el procedimiento nº 271/05 seguido a instancia de DOÑA Carina contra EMPRESA ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., sobre impugnación de despido, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por DOÑA Carina y SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, en fecha 28 de octubre de 2005, que desestimaba los recursos interpuestos y, en consecuencia confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 4 de enero de 2006 se formalizó por el abogado del estado D. Emilio Jiménez Aparicio en nombre y representación de SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala , por providencia de 13 de noviembre de 2006 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta de Enero de dos mil siete.

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 1 de los de Santa Cruz de Tenerife se dictó Sentencia en fecha 30 de junio de 2005, en el procedimiento nº 271/05 seguido a instancia de DOÑA Carina contra EMPRESA ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., sobre impugnación de despido, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por DOÑA Carina y SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, en fecha 28 de octubre de 2005, que desestimaba los recursos interpuestos y, en consecuencia confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 4 de enero de 2006 se formalizó por el abogado del estado D. Emilio Jiménez Aparicio en nombre y representación de SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala , por providencia de 13 de noviembre de 2006 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contradicción. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el abogado del estado D. Emilio Jiménez Aparicio, en nombre y representación de SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A. contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife de fecha 28 de octubre de 2005, en el recurso de suplicación número 745/05, interpuesto por DOÑA Carina y SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., frente a la Sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 1 de los de Santa Cruz de Tenerife de fecha 30 de junio de 2005 , en el procedimiento nº 271/05 seguido a instancia de DOÑA Carina contra EMPRESA ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., sobre impugnación de despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente, y pérdida del depósito constituido para recurrir, dándose , en su caso, a las consignaciones y aseguramientos prEstados el destino que corresponda, de acuerdo con la Sentencia de suplicación.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos , mandamos y firmamos.

Fallo

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el abogado del estado D. Emilio Jiménez Aparicio, en nombre y representación de SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A. contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife de fecha 28 de octubre de 2005, en el recurso de suplicación número 745/05, interpuesto por DOÑA Carina y SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., frente a la Sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 1 de los de Santa Cruz de Tenerife de fecha 30 de junio de 2005 , en el procedimiento nº 271/05 seguido a instancia de DOÑA Carina contra EMPRESA ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A., sobre impugnación de despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente, y pérdida del depósito constituido para recurrir, dándose , en su caso, a las consignaciones y aseguramientos prEstados el destino que corresponda, de acuerdo con la Sentencia de suplicación.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos , mandamos y firmamos.

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