Última revisión
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, de 02 de Marzo de 1992
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 02 de Marzo de 1992
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SANCHEZ MORALES DE CASTILLA, JULIO
Núm. Cendoj: 28079140011992100983
Núm. Ecli: ES:TS:1992:1734
Núm. Roj: STS 1734/1992
Resumen
Unificación de doctrina. Falta de contradicción. Reclamación de cantidad por salarios devengados y no pagados. La unificación de doctrina en materia procesal. La carga de la prueba. Las doctrinas discrepantes que deben ser unificadas mediante este recurso tanto pueden ser del ámbito jurídico sustantivo como del procesal. También la unificación en materia procesal exige, a los fines de la contradicción, la igualdad sustancial de hechos y pretensiones objeto del proceso y la diferencia de los pronunciamientos. No hay contradicción ya que la doctrina mantenida en las sentencias sometidas a comparación sobre la carga de la prueba es la misma en todas ellas: el actor ha de probar la prestación de los servicios cuyo pago reclama, y el demandado o empresa ha de probar el pago, en el que fundamenta la excepción que alega (Arts. 1214, Código Civil y 216, LPL).
Voces
Convenio colectivo aplicable
Carga de la prueba
Pago del salario
Reclamación de cantidad salarial
Categoría profesional
Recibo de salarios
Atrasos del Convenio
Convenio colectivo
Reclamación de cantidad
Objeto del proceso
Incapacidad permanente absoluta
Negocio jurídico
Honorario profesional del abogado
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