Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 111/2007 de 12 de Mayo de 2008
Sentencia Social Tribunal...yo de 2008

Última revisión
12/05/2008

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 111/2007 de 12 de Mayo de 2008

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Orden: Social

Fecha: 12 de Mayo de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DESDENTADO BONETE, AURELIO

Nº de recurso: 111/2007

Núm. Cendoj: 28079140012008100348

Núm. Ecli: ES:TS:2008:3370

Núm. Roj: STS 3370/2008

Resumen
Se estima el recurso de casación contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre el reconocimiento de la paga de productividad. El complemento de productividad no es una condición de origen normativo, pues no ha sido establecido por una norma estatal, ni por un convenio colectivo estatutario. En efecto, su establecimiento corresponde a una práctica de empresa que, en lo relativo a la cuantía del complemento, ha sido objeto de negociación anual con la representación de los trabajadores. De esta forma, sería en cuanto a su origen una condición mixta en la medida que proviene de un acto unilateral del empresario y de un acuerdo colectivo no estatutario. Lo cierto es que su carácter contractual determina que su relación con el nuevo convenio colectivo estatutario deba situarse en la misma posición de las garantías ad personam.

Voces

Principio de condición más beneficiosa

Representación de los trabajadores

Convenio colectivo de empresa

Convenio colectivo

Salario base

Convenio colectivo aplicable

Contraprestación

Convenio colectivo de Turismo

Incongruencia omisiva

Derechos de los trabajadores

Documentos aportados

Contrato de Trabajo

Proceso de conflicto colectivo

Convenios colectivos estatutarios

Condiciones de trabajo

Relación contractual laboral

Régimen retributivo