Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1234/2011 de 17 de Enero de 2012
Sentencia Social Tribunal...ro de 2012

Última revisión
17/01/2012

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1234/2011 de 17 de Enero de 2012

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Orden: Social

Fecha: 17 de Enero de 2012

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA, JOSE MANUEL

Nº de recurso: 1234/2011

Núm. Cendoj: 28079140012012100009

Núm. Ecli: ES:TS:2012:741

Resumen
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.- Complemento de "toma y deje" en ferrocarriles.- Se retribuye como horas extraordinarias.-Se desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la empleadora demandada contra Sentencia parcialmente estimatoria de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid, sobre derecho y cantidad.La Sala declara que de la literalidad del precepto convencional, se deriva que el tiempo de "toma y deje" tiene valor de hora extraordinaria, conforme al artículo 35 del E.T. , y debe ser retribuido en la forma que establece la resolución recurrida, porque, además, como señala la Sentencia de 23-12-2011, "esta Sala se ha pronunciado ya sobre la naturaleza de esas horas de toma y deje, en la regulación convencional ahora de nuevo examinada, en las Sentencias de 16 de diciembre (rcud. 4690/2004 ) y 29 de diciembre de 2005 (rcud. 764/2005 ), 14 de marzo (rcud. 998/2005 ) y 25 de abril de 2006 (rcud. 16/2005 ), señalando el abono del tiempo de toma y deje " no se corresponde con la jornada normal , sino que atiende a un exceso en la duración de ésta", por lo que se sostuvo reiteradamente que "no puede reputarse jornada ordinaria".

Voces

Tiempo de toma y deje

Horas extraordinarias

Jornada ordinaria

Grupo profesional

Convenio colectivo

Categoría profesional

Complemento de puesto de trabajo

Vacaciones

Reclamación de cantidad

Cuenta de depósitos y consignaciones