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Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1520/2011 de 17 de Abril de 2012
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 17 de Abril de 2012
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA, JOSE MANUEL
Núm. Cendoj: 28079140012012100239
Núm. Ecli: ES:TS:2012:2923
Resumen
PENSIÓN DE VIUDEDAD.- Exigencia del requisito de la pensión compensatoria establecido por Ley 40/2007.- La sentencia de separación fijó pensión de alimentos, que no puede equipararse.- Reitera doctrina.-Se estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el INSS contra Sentencia estimatoria de la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña, sobre derecho a pensión de viudedad.La Sala declara que partiendo de que en la legislación de la Seguridad Social, el Derecho de la percepción de la pensión de viudedad se condiciona para las personas divorciadas o separadas judicialmente, a que sean acreedoras de la pensión compensatoria a que se refiere el art. 97 CC cuando se extinga por el fallecimiento del causante, se ha llegado a la conclusión de que, "para la ley la situación de dependencia se da cuando se acredita la pensión compensatoria".De ahí que la Sala haya venido asumiendo la argumentación del Ministerio Fiscal, reiterada en el presente caso, que indica que la norma legal es contundente cuando señala expresamente al art. 97 CC.Ciertamente, el legislador optó por acudir a este concepto jurídico y no por otro tipo de requisito, ni por la remisión a otro concepto de configuración legal, como lo sería la pensión de alimentos.
Voces
Pensión de viudedad
Fondo del asunto
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Abril de dos mil doce.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de …
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