Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2437/2008 de 24 de Febrero de 2009
Sentencia Social Tribunal...ro de 2009

Última revisión
24/02/2009

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2437/2008 de 24 de Febrero de 2009

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Orden: Social

Fecha: 24 de Febrero de 2009

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTINEZ GARRIDO, LUIS RAMON

Nº de recurso: 2437/2008

Núm. Cendoj: 28079140012009100153

Resumen
Recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en suplicación, con fecha 17 de enero de 2008, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de los de Elche, de fecha 23 de mayo de 2006.Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: maternidad; no se encuentra en situación asimilada a la de alta la trabajadora que causó baja voluntaria en el régimen especial varios meses antes de la fecha del hecho causante de la prestación.Se discute debe o no reconocerse el derecho a prestación por maternidad a una trabajadora autónoma que causó baja voluntaria en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos varios meses antes de la fecha del hecho causante, aun cuando hubiera  permanecido en situación de incapacidad temporal desde fecha anterior a la de la baja en aquel  Régimen y hasta el momento del parto. El Tribunal Supremo, en base a doctrina previa, contesta negativamente.Prestación de maternidad. Trabajadora en RETA que se da de baja voluntariamente antes del parto. Interpretación otorgada tras el RD 1251/2001.La STS de 24 de febrero de 2009, siguiendo doctrina previa (SSTS de 5 de diciembre de 2003 y 25 de enero de 2007), reitera que no puede reconocerse el derecho a prestación por maternidad a una trabajadora autónoma que causó baja voluntaria en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos varios meses antes de la fecha del hecho causante, aun cuando hubiera  permanecido en situación de incapacidad temporal desde fecha anterior a la de la baja en aquel  Régimen y hasta el momento del parto, puesto que la baja en el Régimen especial se realizó de forma voluntaria, y el Tribunal Supremo únicamente considera en situación asimilada a la de alta a aquellos trabajadores que quedan desprotegidos por causas ajena a su voluntad.

Voces

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Incapacidad temporal

Régimen especial de trabajadores autónomos

Alta médica

Baja por maternidad

Situación asimilada alta Seguridad Social

Prestación por maternidad

Voluntad

Enfermedad Común

Baja en el RETA

Prestación de incapacidad temporal

Maternidad a efectos laborales

Tesorería General de la Seguridad Social

Modalidades de pago

Contrato de Trabajo

Obligación de cotizar a la Seg. Social

Riesgo durante el embarazo

Prestación económica

Incapacidad temporal por maternidad

Representación procesal