Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4453/2004 de 24 de Octubre de 2006
Última revisión
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4453/2004 de 24 de Octubre de 2006
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 24 de Octubre de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DESDENTADO BONETE, AURELIO
Nº de recurso: 4453/2004
Núm. Cendoj: 28079140012006100913
Núm. Ecli: ES:TS:2006:6920
Resumen
Si el actor no hubiese aceptado la prejubilación, el mismo u otro trabajador hubiera tenido que cesar para completar el número de extinciones autorizadas. En el presente caso, de los términos de la resolución administrativa que autoriza el expediente de regulación de empleo se deduce que la conformidad de los trabajadores afectados se produjo antes de la autorización administrativa. Pero este dato no afecta a la voluntariedad de la causa extintiva, que es el elemento decisivo en orden a la calificación del cese. Por el contrario, la selección de los afectados por éste, sea anterior o posterior al acto administrativo de autorización del despido colectivo, es irrelevante para calificar la causa extintiva. La Ley 52/2003 que por razones temporales no resulta aquí aplicable, viene, sin embargo, a reconocer que ésta es la interpretación correcta, cuando introduce un nuevo inciso para aclarar que "se presumirá que el cese en la relación laboral se produjo de forma involuntaria cuando la extinción se haya producido por alguna de las causas previstas en el artículo 208.1.1 de esta Ley".
Voces
Prejubilación
Expediente de regulación de empleo
Prestación por desempleo
Años acreditados de cotización
Despido colectivo
Edad de jubilación
Extinción del contrato de trabajo
Cuantía de las prestaciones
Jubilación anticipada
Contrato de Trabajo
Causas económicas
Situación legal de desempleo
Beneficio de justicia gratuita
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder