Sentencia Social Nº 190/2004, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de... 15 de Enero de 2004
Última revisión
Sentencia Social Nº 190/2004, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 8622/2002 de 15 de Enero de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 15 de Enero de 2004
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: AGUSTI JULIA, JORDI
Nº de sentencia: 190/2004
Nº de recurso: 8622/2002
Núm. Cendoj: 08019340012004100187
Resumen
La aplicación de la doctrina transcrita al presente caso impone la estimación del motivo, pues si bien es cierto que existe una baja indebida de la demandante por parte de la empresa demandada, lo que sin duda constituye un incumplimiento de sus obligaciones, y por ende una infracción administrativa, no es menos cierto, que la demandada ha cotizado en tiempo y forma durante todo el período de prestación de servicios de la trabajadora, obligación ésta, que sin duda es la fundamental, y que por ello ha dado lugar a que los Tribunales hayan declarado que la cotización en tiempo y forma equivale al alta formal. Es por ello, que sin perjuicio de que, en su caso, la empresa demandada pueda ser objeto de sanción en vía administrativa, ha de ser exonerada de la responsabilidad del pago de la prestación, la cual ha de recaer en el responsable natural, que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, máxime, si además, en el presente caso, consta un anormal funcionamiento del Sistema RED, que impidió que la empresa demandada diera de alta a la trabajadora demandante al día siguiente de su baja.
Voces
Sistema RED
Responsabilidad
Tesorería General de la Seguridad Social
Incapacidad temporal
Accidente no laboral
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Prestación económica
Alta en la seguridad social
Pago de las prestaciones
Acción protectora
Voluntad
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