Sentencia Social Nº 2584/2003, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala d... 24 de Abril de 2003
Sentencia Social Nº 2584/...il de 2003

Última revisión
24/04/2003

Sentencia Social Nº 2584/2003, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Rec 679/2003 de 24 de Abril de 2003

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Orden: Social

Fecha: 24 de Abril de 2003

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: COLINO REY, ADOLFO MATIAS

Nº de sentencia: 2584/2003

Nº de recurso: 679/2003

Núm. Cendoj: 08019340002003101774

Resumen
En caso de despido improcedente, la opción debe ejercitarse en el plazo de cinco días, a contar desde la sentencia que declare dicha improcedencia y, por lo tanto, en los casos en los que se opta por la readmisión, bien expresa, bien por el transcurso del plazo para efectuarla, sin hacerlo, es cuando se genera el derecho del trabajador a percibir los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, reiterando que deben ser fijados en ésta al declarar su nulidad o improcedencia. En aplicación de lo anterior, la Sala estima parcialmente recurso interpuesto por empresa.

Voces

Jornada laboral

Acto de conciliación

Despido improcedente

Finiquito

Salarios de tramitación

Extinción del contrato de trabajo

Contrato de Trabajo

Notificación de la sentencia

Contrato de trabajo de duración determinada

Jornada parcial

Error en la valoración de la prueba

Solución de continuidad

Pago del salario

Prueba documental

Valoración de la prueba

Impago de salario

Pago de la indemnización

Contrato indefinido

Cuantía de la indemnización

Readmisión del trabajador

Derechos de los trabajadores

Ex tunc