Última revisión
Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 2052 de 18 de Mayo de 2000
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 18 de Mayo de 2000
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: CABANAS GANCEDO, JOSE MARIA
Nº de recurso: 2052
Resumen
Por dichos días de huelga la empresa no les abonó el
denominado "plus de productividad" en el mes de octubre, y en junio
les dedujo de dicho plus una cantidad superior a la que correspondería, de
seguirse un criterio proporcional, a los días y horas en que estuvieron de
huelga. Y en julio de 1994 al menos 6 trabajadores que estuvieron varios días
de huelga no cobraron el citado plus.- La empresa abona a sus trabajadores una
retribución global superior a la prevista en el convenio colectivo del sector."Contra
dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante,
siendo impugnado de contrario. Disconforme el demandante Don Juan José S.N. con
que, en la sentencia de instancia, se desestime el escrito inicial -dirigido a
que se declare el derecho del personal, afectado por el conflicto colectivo
planteado, a que el descuento, operado sobre el plus de productividad en
periodo de huelga, sea proporcional a las horas de ésta y parte proporcional de
sábados y domingos, en equidad con los demás conceptos salariales; condenando a
la empresa demandada a abonar las cantidades descontadas a mayores.
Voces
Huelga
Salario base
Conflicto colectivo laboral
Equidad
Delegado sindical
Proceso de conflicto colectivo
Vacaciones
Incapacidad temporal
Componentes salariales/no salariales
Convenio colectivo
Derecho a huelga
Participación en beneficios
Negociación colectiva
Contrato de Trabajo
Relaciones de trabajo
Derecho al salario
Complementos salariales
Pagas extraordinarias
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