Última revisión
13/07/2006
Sentencia Supranacional Nº C-93/05, Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 13 de Julio de 2006
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Orden: Supranacional
Fecha: 13 de Julio de 2006
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Nº de sentencia: C-93/05
Fundamentos
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 13 de julio de 2006 — Hakala/L. Simons Transport
(Asunto Câ€93/05)
«Artículo 104, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento de Procedimiento — Respuesta que no suscita ninguna duda razonable — Reglamento (CEE) nº 3820/85 — Armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera — Remuneración de conductores asalariados basada en las distancias recorridas — Prohibición de dicho régimen remunerativo a menos que la seguridad vial no resulte comprometida»
Transportes — Transportes por carretera — Disposiciones sociales [Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo, art. 10] (véanse los apartados 24 a 28 y 30)
Objeto
| Petición de decisión prejudicial — Korsholms tingsrätt (Finlandia) — Interpretación del artículo 10 del Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera (DO L 370, p. 1; EE 07/04, p. 21) — Remuneración de un conductor asalariado basada en las distancias recorridas. |
Fallo
Un régimen remunerativo basado en la distancia recorrida es contrario al artículo 10 del Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera, a menos que dicho régimen no pueda comprometer la seguridad vial. Corresponde al juez nacional comprobar si así sucede habida cuenta de todas las circunstancias del asunto.

