Sentencia Supranacional T...io de 2018

Última revisión
02/07/2018

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 02 de Julio de 2018

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Orden: Supranacional

Fecha: 02 de Julio de 2018

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62018CN0178


Fundamentos

2.7.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 231/9


Recurso de casación interpuesto el 7 de marzo de 2018 por MSD Animal Health Innovation GmbH, Intervet international BV contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 5 de febrero de 2018 en el asunto T-729/15, MSD Animal Health Innovation GmbH e Intervet international BV / Agencia Europea de Medicamentos

(Asunto C-178/18 P)

(2018/C 231/10)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: MSD Animal Health Innovation GmbH, Intervet international BV (representantes: P. Bogaert, advocaat, B. Kelly, Solicitor, J. Stratford QC, C. Thomas, Barrister)

Otra parte en el procedimiento: Agencia Europea de Medicamentos

Pretensiones de las partes recurrentes

Las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Estime el recurso de casación de las recurrentes y anule la sentencia del Tribunal General.

Anule la resolución comunicada por la EMA a las recurrentes el 3 de diciembre de 2015 para que divulgasen determinada información con arreglo al Reglamento de Transparencia. (1)

Condene a la EMA a abonar a las recurrentes las costas y demás gastos relacionados con este litigio.

Motivos y principales alegaciones

La sentencia debe ser anulada por los siguientes motivos:

El Tribunal General no declaró que los documentos en cuestión estuviesen protegidos por una presunción general de confidencialidad.

El Tribunal General no declaró que los documentos en cuestión constituyesen en su conjunto información comercial confidencial protegida por el artículo 4, apartado 2, del Reglamento de Transparencia.

El Tribunal General no declaró que el artículo 4, apartado 3, del Reglamento de Transparencia haya de proteger a los documentos en cuestión.

La EMA no realizó la ponderación legalmente exigida.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).