Última revisión
02/07/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 02 de Julio de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 02 de Julio de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62018CN0203
Fundamentos
| 2.7.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 231/10 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberverwaltungsgericht für das Land Nordrhein-Westfalen (Alemania) el 20 de marzo de 2018 — Deutsche Post AG, Klaus Leymann / Land Nordrhein-Westfalen
(Asunto C-203/18)
(2018/C 231/11)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Oberverwaltungsgericht für das Land Nordrhein-Westfalen
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Deutsche Post AG, Klaus Leymann
Demandada: Land Nordrhein-Westfalen
Cuestiones prejudiciales
| 1) | ¿Debe interpretarse la excepción prevista en el artículo 13, apartado 1, letra d), del Reglamento (CE) n.o 561/2006 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, en su versión modificada por el artículo 45, punto 2, del Reglamento (UE) n.o 165/2014 (2) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, en el sentido de que solamente comprende los vehículos o conjuntos de vehículos que se utilicen exclusivamente para la entrega de envíos postales en el marco del servicio universal, o también es aplicable cuando los vehículos o conjuntos de vehículos se destinan principalmente, o en una proporción determinada de alguna forma, a la entrega de envíos postales en el marco del servicio universal? |
| 2) | A efectos de la aplicación de la excepción mencionada en la cuestión prejudicial anterior, a la hora de apreciar si los vehículos o conjuntos de vehículos se destinan exclusivamente o, en su caso, principalmente, o en una proporción determinada de alguna forma, a la entrega de envíos postales en el marco del servicio universal, ¿debe atenderse a la utilización general del vehículo o conjunto de vehículos o, por el contrario, a la utilización del vehículo o conjunto de vehículos en cada viaje por separado? |
(1) Reglamento (CE) n.o 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n.o 3821/85 y (CE) n.o 2135/98 del Consejo y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 3820/85 del Consejo (DO 2006, L 102, p. 1).
(2) Reglamento (UE) n.o 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera y se modifica el Reglamento (CE) n.o 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera (DO 2014, L 60, p. 1).
