Última revisión
03/12/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 03 de Diciembre de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 03 de Diciembre de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62018CN0564
Fundamentos
| 3.12.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 436/23 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el FÅ'városi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság (Hungría) el 7 de septiembre de 2018 — LH / Bevándorlási és Menekültügyi Hivatal
(Asunto C-564/18)
(2018/C 436/32)
Lengua de procedimiento: húngaro
Órgano jurisdiccional remitente
FÅÂ'városi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság
Partes en el procedimiento principal
Demandante: LH
Demandada: Bevándorlási és Menekültügyi Hivatal
Cuestiones prejudiciales
| 1) | ¿Pueden interpretarse las disposiciones relativas a las solicitudes inadmisibles del artículo 33 de la Directiva 2013/32/UE, (1) sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (refundición) (en lo sucesivo, «Directiva de procedimientos»), en el sentido de que no se oponen a la normativa de un Estado miembro que establece que, en el procedimiento de asilo, será inadmisible la solicitud que ponga de manifiesto que el solicitante llegó a Hungría a través de un país donde no estuvo expuesto a persecución ni a riesgo de daño grave, o en el que se garantiza un nivel adecuado de protección? |
| 2) | ¿Puede interpretarse el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el artículo 31 de la Directiva de procedimientos —teniendo también en cuenta el contenido de los artículos 6 y 13 de Convenio Europeo de Derechos Humanos— en el sentido de que es conforme [con dicha normativa] la legislación de un Estado miembro que, por lo que respecta a las solicitudes inadmisibles en los procedimientos de asilo, establece una duración imperativa de ocho días para el procedimiento contencioso-administrativo? |
(1) Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (DO 2013, L 180, p. 60).
