Última revisión
03/12/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 03 de Diciembre de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 03 de Diciembre de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62018CN0557
Fundamentos
| 3.12.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 436/22 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Hamburg (Alemania) el 31 de agosto de 2018 — Eurowings GmbH / JJ y KI
(Asunto C-557/18)
(2018/C 436/30)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Landgericht Hamburg
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Eurowings GmbH
Demandadas: JJ y KI
Cuestión prejudicial
¿Para el cálculo del derecho a compensación, conforme al artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 261/2004, (1) se ha de tomar como base el itinerario completo cuando un pasajero, como consecuencia de un retraso/anulación del vuelo de enlace, sufre un retraso de tres horas o más en el destino final, si bien el primer vuelo llegó puntualmente, los vuelos fueron operados por distintos transportistas aéreos y la confirmación de la reserva fue efectuada por una agencia de viajes que fue quien planificó los vuelos para el cliente?
(1) Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91 (DO 2004, L 46, p. 1).
