Sentencia Supranacional T...zo de 2019

Última revisión
04/03/2019

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 04 de Marzo de 2019

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Orden: Supranacional

Fecha: 04 de Marzo de 2019

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62018CN0810


Fundamentos

4.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 82/16


Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd Trnava (Eslovaquia) el 21 de diciembre de 2018 — DHL Logistics (Slovacchia), spol. s r.o. / Finančné riaditeľstvo SR

(Asunto C-810/18)

(2019/C 82/17)

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský súd Trnava

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: DHL Logistics (Slovacchia), spol. s r.o.

Recurrida: Finančné riaditeľstvo SR

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse la subpartida de la nomenclatura combinada 8525 80 91, que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, (1) de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, en los términos resultantes de las notas explicativas publicadas conforme a dicho Reglamento en el año 2011 (2) (Comunicación de la Comisión 2011/C 137/01), en el sentido de que se pueden clasificar en dicha subpartida también mercancías como las videocámaras digitales objeto del presente asunto, aun cuando solo permitan capturar y grabar imágenes de vídeo con una calidad de resolución inferior a 800 x 600 píxeles, exactamente de 720 x 576 píxeles, y teniendo en cuenta que en su otra función —captura y grabación de imágenes fijas— la calidad de resolución de imágenes fijas está limitada a 1 600 x 1 200 píxeles (1,92 megapíxeles)?


(1)  DO 1987, L 256, p. 1.

(2)  DO 2011, C 137, p. 1.


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