Sentencia Supranacional T...zo de 2018

Última revisión
06/03/2018

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 05 de Marzo de 2018

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Orden: Supranacional

Fecha: 05 de Marzo de 2018

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62018CN0027


Fundamentos

5.3.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 83/17


Recurso interpuesto el 16 de enero de 2018 — Comisión Europea / República de Bulgaria

(Asunto C-27/18)

(2018/C 083/24)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Samnadda, Y. Marinova y G. von Rintelen)

Demandada: República de Bulgaria

Pretensiones de la parte demandante

La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

Declare que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de lo dispuesto en el artículo 43, apartado 1, de la Directiva 2014/26/UE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior, al no haber aprobado dentro del plazo señalado, a más tardar el 10 de abril de 2016, las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para atenerse a dicha Directiva o, en cualquier caso, por no haberlas comunicado a la Comisión.

Imponga a la República de Bulgaria, con arreglo al artículo 260 TFUE, apartado 3, por incumplir su deber de comunicar a la Comisión las medidas de transposición de la Directiva 2014/26/UE, una multa coercitiva por importe de 19 121,60 euros al día, pagaderos desde el momento en que se pronuncie la sentencia estimatoria del recurso.

Condene en costas a la República de Bulgaria.

Motivos y principales alegaciones

1.

La demandante alega que, de conformidad con el artículo 43, apartado 1, de la Directiva 2014/26/UE, los Estados miembros deben poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en ella a más tardar el 10 de abril de 2016. Asimismo, los Estados miembros deben comunicar inmediatamente a la Comisión el texto de las citadas disposiciones. Puesto que las medidas de Derecho interno para la transposición de la Directiva no han sido comunicadas, la Comisión ha decidido someter el asunto al Tribunal de Justicia.

2.

En su escrito de demanda, la Comisión solicita que se imponga a la República de Bulgaria una multa coercitiva por importe de 19 121,60 euros al día. El importe de la multa coercitiva se ha calculado tomando en consideración la gravedad y duración de la infracción, así como el efecto disuasorio atendiendo a la capacidad de pago de dicho Estado miembro.


(1)  DO 2014, L 84, p. 72.


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