Última revisión
07/01/2019
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 07 de Enero de 2019
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Orden: Supranacional
Fecha: 07 de Enero de 2019
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62017CA0413
Fundamentos
| 7.1.2019 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 4/5 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 de octubre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos AukšÄiausiasis Teismas — Lituania) — procedimiento iniciado por «Roche Lietuva» UAB
(Asunto C-413/17) (1)
((Procedimiento prejudicial - Contratos públicos de suministro de material y dispositivos médicos de diagnóstico - Directiva 2014/24/UE - Artículo 42 - Adjudicación - Margen de apreciación del poder adjudicador - Formulación detallada de las especificaciones técnicas))
(2019/C 4/06)
Lengua de procedimiento: lituano
Órgano jurisdiccional remitente
Lietuvos AukšÄÂiausiasis Teismas
Partes en el procedimiento principal
«Roche Lietuva» UAB
con intervención de: Kauno Dainavos poliklinika VšÄ®
Fallo
Los artículos 18 y 42 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, deben interpretarse en el sentido de que dichas disposiciones no obligan al poder adjudicador, cuando establece las especificaciones técnicas de una licitación relativa a la adquisición de suministros médicos, a hacer que prevalezca, por principio, la importancia de las características individuales de los aparatos médicos o la importancia del resultado del funcionamiento de tales aparatos, pero exigen que las especificaciones técnicas, en su conjunto, respeten los principios de igualdad de trato y de proporcionalidad. Corresponde al órgano jurisdiccional remitente evaluar si, en el litigio que debe resolver, las especificaciones técnicas controvertidas responden a dichas exigencias.
