Última revisión
07/09/2020
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 07 de Septiembre de 2020
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Orden: Supranacional
Fecha: 07 de Septiembre de 2020
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62020CN0289
Fundamentos
| 7.9.2020 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 297/34 |
Petición de decisión prejudicial planteada por la cour d’appel de Paris (Francia) el 30 de junio de 2020 — IB / FA
(Asunto C-289/20)
(2020/C 297/45)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour d’appel de Paris
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: IB
Recurrida: FA
Cuestión prejudicial
Cuando, como sucede en el caso de autos, resulta de los hechos que uno de los cónyuges comparte su vida entre dos Estados miembros, ¿puede considerarse, a efectos del artículo 3 del Reglamento n.o 2201/2003 (1) y para la aplicación de este, que tal cónyuge tiene su residencia habitual en dos Estados miembros, de modo que si los requisitos establecidos por ese artículo se cumplen en dos Estados miembros, los tribunales de estos dos Estados miembros son igualmente competentes para pronunciarse sobre el divorcio?
(1) Reglamento (CE) n.o 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1347/2000 (DO 2003, L 338, p. 1).

