Última revisión
11/05/2020
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 11 de Mayo de 2020
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Orden: Supranacional
Fecha: 11 de Mayo de 2020
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62019CN0835
Fundamentos
| 11.5.2020 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 161/15 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 18 de noviembre de 2019 — Autostrada Torino Ivrea Valle D’Aosta — Ativa S.p.A. / Presidenza del Consiglio dei Ministri, Ministero delle Infrastrutture e dei Trasporti, Ministero dell'Economia e delle Finanze, Autorità di bacino del Po
(Asunto C-835/19)
(2020/C 161/22)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Consiglio di Stato
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Autostrada Torino Ivrea Valle D’Aosta — Ativa S.p.A.
Demandadas: Presidenza del Consiglio dei Ministri, Ministero delle Infrastrutture e dei Trasporti, Ministero dell'Economia e delle Finanze, Autorità di bacino del Po
Cuestión prejudicial
¿Se oponen el Derecho [de la Unión Europea] y, en particular, los principios establecidos por la Directiva n.o 2014/23/UE, (1) en concreto la libertad de elección de los procedimientos de adjudicación, de conformidad con los principios de transparencia y de [igualdad] de trato, formulados en el considerando 68 y en el artículo 30, en materia de adjudicación de concesiones, a la disposición nacional establecida en el artículo 178, apartado 8 bis, del Decreto Legislativo n.o 50, de 18 de abril de 2016, que prohíbe de forma incondicional a las administraciones públicas proceder a la adjudicación de las concesiones de autopistas expiradas o a punto de expirar recurriendo a los procedimientos previstos en el artículo 183, que regula la financiación de proyecto?
(1) Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión Texto pertinente a efectos del EEE (DO 2014, L 94, p. 1).

