Sentencia Supranacional T...io de 2018

Última revisión
11/06/2018

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 11 de Junio de 2018

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Orden: Supranacional

Fecha: 11 de Junio de 2018

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62017CA0110


Fundamentos

11.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/15


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 12 de abril de 2018 — Comisión Europea / Reino de Bélgica

(Asunto C-110/17) (1)

([Incumplimiento de Estado - Libre circulación de capitales - Artículo 63 TFUE - Artículo 40 del Acuerdo EEE - Impuesto sobre la renta de los residentes en Bélgica - Determinación de los rendimientos del capital inmobiliario - Aplicación de dos métodos de cálculo diferentes en función del lugar en el que se encuentre el bien inmueble - Cálculo basado en el valor catastral para los inmuebles situados en Bélgica - Cálculo basado en el valor arrendaticio real para los inmuebles situados en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) - Diferencia de trato - Restricción a la libre circulación de capitales])

(2018/C 200/19)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: W. Roels y N. Gossement, agentes)

Demandada: Reino de Bélgica (representantes: P. Cottin, M. Jacobs y L. Cornelis, agentes)

Fallo

1)

El Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 63 TFUE y del artículo 40 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992, al mantener disposiciones según las cuales, en relación con la estimación de los rendimientos derivados de bienes inmuebles no arrendados, o arrendados, bien a personas físicas que no los destinan a una actividad profesional, bien a personas jurídicas que los ponen a disposición de personas físicas para fines privados, la base imponible se calcula a partir del valor catastral cuando se trata de inmuebles situados en territorio nacional y en función del valor arrendaticio real cuando se trata de inmuebles situados en el extranjero.

2)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.


(1)  DO C 121 de 18.4.2017.


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