Última revisión
12/02/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 12 de Febrero de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 12 de Febrero de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62017CA0042
Fundamentos
| 12.2.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 52/12 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 5 de diciembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte costituzionale — Italia — Proceso penal contra M.A.S., M.B.
(Asunto C-42/17) (1)
([Procedimiento prejudicial - Artículo 325 TFUE - Sentencia de 8 de septiembre de 2015, Taricco y otros (C-105/14, EU:C:2015:555) - Procedimiento penal que se refiere a infracciones en materia del impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Normativa nacional que prevé plazos de prescripción que pueden dar lugar a la impunidad de las infracciones - Afectación de los intereses financieros de la Unión Europea - Obligación de dejar sin aplicación todas aquellas disposiciones de Derecho interno que puedan ser contrarias a las obligaciones que el Derecho de la Unión impone a los Estados miembros - Principio de legalidad de los delitos y las penas])
(2018/C 052/16)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Corte costituzionale
Partes en el proceso principal
M.A.S., M.B.
con intervención de: Presidente del Consiglio dei Ministri
Fallo
El artículo 325 TFUE, apartados 1 y 2, debe interpretarse en el sentido de que obliga al juez nacional a no aplicar, en el marco de un procedimiento penal que se refiere a infracciones relativas al impuesto sobre el valor añadido, disposiciones internas en materia de prescripción comprendidas en el Derecho material nacional que impiden la imposición de sanciones penales efectivas y disuasorias en un número considerable de casos de fraude grave que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea o que establecen en el caso de fraudes que afecten a dichos intereses financieros plazos de prescripción más cortos que en el caso de fraudes que afecten a los intereses financieros del Estado miembro de que se trate, a menos que la mencionada inaplicación implique una violación del principio de legalidad de los delitos y las penas, debido a la falta de precisión de la ley aplicable o debido a la aplicación retroactiva de una legislación que impone condiciones de exigencia de responsabilidad penal más severas que las vigentes en el momento de la comisión de la infracción.
