Sentencia Supranacional T...io de 2018

Última revisión
16/07/2018

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 16 de Julio de 2018

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Orden: Supranacional

Fecha: 16 de Julio de 2018

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62018CN0268


Fundamentos

16.7.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 249/11


Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Bacău (Rumanía) el 18 de abril de 2018 — SC Onlineshop SRL / AgenÈ›ia NaÈ›ională de Administrare Fiscală (ANAF), DirecÈ›ia Generală a Vămilor

(Asunto C-268/18)

(2018/C 249/16)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Curtea de Apel Bacău

Partes en el procedimiento principal

Demandante: SC Onlineshop SRL

Demandadas: Agenția Națională de Administrare Fiscală (ANAF) y Direcția Generală a Vămilor

Cuestiones prejudiciales

1)

Si la nomenclatura combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, (1) en su versión modificada por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2016/1821 de la Comisión, de 6 de octubre de 2016, (2) debe interpretarse en el sentido de que aparatos como los sistemas de navegación GPS PNI S 506 de los que se trata en el caso de autos se clasifican en la subpartida arancelaria 8526 91, subpartida 8526 91 20, o bien en la partida 8528, subpartida 8528 59 00 de la citada nomenclatura.

2)

Si las versiones de la nomenclatura combinada que resultan sucesivamente del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 698/2012 de la Comisión (3) y del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 459/201[4] de la Comisión (4) tienen pertinencia para determinar la correcta clasificación arancelaria de aparatos como los sistemas de navegación de que se trata en el litigio principal, de modo que puedan aplicarse por analogía a productos que presentan semejanzas con el sistema de navegación en cuestión, y si la aplicación por analogía de tales disposiciones confirma la interpretación de la NC proporcionada por la Administración aduanera.


(1)  Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo de 23 de julio de 1987 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO 1987, L 256, p. 1).

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1821 de la Comisión de 6 de octubre de 2016 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO 2016, L 294, p. 1).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 698/2012 de la Comisión de 25 de julio de 2012 relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada (DO 2012, L 203, p. 34).

(4)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 459/2014 de la Comisión de 29 de abril de 2014 por el que se modifican determinados reglamentos relativos a la clasificación de las mercancías en la nomenclatura combinada (DO 2014, L 133, p. 43).


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