Última revisión
17/09/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 17 de Septiembre de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 17 de Septiembre de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62017CA0205
Fundamentos
| 17.9.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 328/17 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 25 de julio de 2018 — Comisión Europea / Reino de España
(Asunto C-205/17) (1)
((«Incumplimiento de Estado - Recogida y tratamiento de las aguas residuales urbanas - Directiva 91/271/CEE - Artículos 3 y 4 - Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento - Inejecución - Artículo 260 TFUE, apartado 2 - Sanciones pecuniarias - Multa coercitiva y suma a tanto alzado))
(2018/C 328/20)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: E. Manhaeve y E. Sanfrutos Cano, agentes)
Demandada: Reino de España (representante: A. Gavela Llopis, agente)
Fallo
| 1) | Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260 TFUE, apartado 1, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia de 14 de abril de 2011, Comisión/España (C-343/10, no publicada, EU:C:2011:260). |
| 2) | En caso de que el incumplimiento declarado en el punto 1 del fallo persista en la fecha en que se dicta la presente sentencia, condenar al Reino de España a abonar a la Comisión Europea una multa coercitiva de un importe de 10 950 000 euros por cada semestre de retraso en la aplicación de las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia de 14 de abril de 2011, Comisión/España (C-343/10, no publicada, EU:C:2011:260), a partir de la fecha en que se dicta la presente sentencia y hasta la plena ejecución de la sentencia de 14 de abril de 2011, Comisión/España (C-343/10, no publicada, EU:C:2011:260), cuyo importe efectivo deberá calcularse al final de cada período de seis meses reduciendo el importe total correspondiente a cada uno de esos períodos en un porcentaje equivalente a la proporción que represente el número de equivalentes habitante de las aglomeraciones cuyos sistemas colectores y/o de tratamiento de las aguas residuales urbanas hayan sido objeto, al final del período considerado, de las adaptaciones necesarias para dar cumplimiento a la sentencia de 14 de abril de 2011, Comisión/España (C-343/10, no publicada, EU:C:2011:260), en relación con el número de equivalentes habitante de las aglomeraciones que no dispongan de tales sistemas en la fecha en que se dicta la presente sentencia. |
| 3) | Condenar al Reino de España a abonar a la Comisión una suma a tanto alzado de 12 millones de euros. |
| 4) | Condenar en costas al Reino de España. |
