Última revisión
17/12/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 17 de Diciembre de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 17 de Diciembre de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62018CN0629
Fundamentos
| 17.12.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 455/24 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski gradski sad (Bulgaria) el 8 de octubre de 2018 — EN, FM, GL/Ryanair Designated Activity Company
(Asunto C-629/18)
(2018/C 455/34)
Lengua de procedimiento: búlgaro
Órgano jurisdiccional remitente
Sofiyski gradski sad
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: EN, FM, GL
Demandada: Ryanair Designated Activity Company
Cuestión prejudicial
¿Es compatible con el Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) que, antes de que surja la controversia, se celebre un acuerdo atributivo de competencia en relación con las demandas presentadas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91 (2)?
(1) Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2012, L 351, p. 1).
