Sentencia Supranacional T...ro de 2019

Última revisión
18/02/2019

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 18 de Febrero de 2019

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Orden: Supranacional

Fecha: 18 de Febrero de 2019

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62017CA0412


Fundamentos

18.2.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 65/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 13 de diciembre de 2018 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Bundesverwaltungsgericht — Alemania) — Bundesrepublik Deutschland / Touring Tours und Travel GmbH (C-412/17) y Sociedad de Transportes, S.A. (C-474/17)

(Asuntos acumulados C-412/17 y C-474/17) (1)

([Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Reglamento (CE) n.o 562/2006 - Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (código de fronteras Schengen) - Artículos 20 y 21 - Supresión de los controles en las fronteras interiores del espacio Schengen - Inspecciones dentro del territorio de un Estado miembro - Medidas que tienen un efecto equivalente a las inspecciones fronterizas - Normativa de un Estado miembro que exige a un operador de viajes en autocar que explota líneas que cruzan las fronteras interiores del espacio Schengen controlar los pasaportes y los permisos de residencia de los pasajeros - Sanción - Apercibimiento de imposición de multa coercitiva])

(2019/C 65/12)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Bundesrepublik Deutschland

Demandadas: Touring Tours und Travel GmbH (C-412/17) y Sociedad de Transportes, S.A. (C-474/17)

Fallo

El artículo 67 TFUE, apartado 2, y el artículo 21 del Reglamento (CE) n.o 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (código de fronteras Schengen), en la redacción que le da el Reglamento (UE) n.o 610/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a la legislación de un Estado miembro que, como sucede con la controvertida en los litigios principales, obliga a cualquier empresa de autocares de línea que atraviese una frontera interior Schengen, con destino al territorio de dicho Estado miembro, a controlar el pasaporte y el permiso de residencia de los pasajeros antes de cruzar la frontera interior, con el fin de prevenir el transporte de nacionales de países terceros que carezcan de dichos documentos de viaje al territorio nacional, y que prevé, a efectos del cumplimiento de dicha obligación de control, la adopción por las autoridades policiales de órdenes de prohibición de dicho transporte, con apercibimiento de imposición de multa coercitiva, contra empresas de transportes cuando se constate que han transportado en ese territorio a nacionales de países terceros que carezcan de esos mismos documentos de viaje.


(1)  DO C 330 de 2.10.2017.

DO C 382 de 13.11.2017.


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