Última revisión
18/03/2019
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 18 de Marzo de 2019
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Orden: Supranacional
Fecha: 18 de Marzo de 2019
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62019CN0035
Fundamentos
| 18.3.2019 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 103/17 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal de première instance de Liège (Bélgica) el 21 de enero de 2019 — BU / État belge
(Asunto C-35/19)
(2019/C 103/17)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal de première instance de Liège
Partes en el procedimiento principal
Demandante: BU
Demandada: État belge
Cuestión prejudicial
¿Es el artículo 38, apartado 1, punto 4, del Código de los impuestos sobre la renta de 1992 contrario a los artículos 45 y siguientes (principio de libre circulación de trabajadores) y 56 y siguientes (principio de libre prestación de servicios) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea debido a que únicamente exime de tributación los subsidios de discapacidad si los abona el Tesoro Público, esto es, el Estado belga, en virtud de la legislación belga, creando así una discriminación entre el contribuyente, residente belga, que percibe subsidios de discapacidad abonados por este Estado en virtud de su legislación, que están exentos, y el contribuyente, residente belga, que percibe subsidios al objeto de compensar por una discapacidad abonados por otro Estado miembro de la Unión, que no están exentos?
