Última revisión
20/08/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 20 de Agosto de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 20 de Agosto de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62017CA0459
Fundamentos
| 20.8.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 294/11 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 27 de junio de 2018 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Conseil d’État — Francia) — SGI (C-459/17), Valériane SNC (C-460/17) / Ministre de l’Action et des Comptes publics
(Asuntos acumulados C-459/17 y C-460/17) (1)
([Procedimiento prejudicial - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Derecho a deducción del impuesto soportado - Requisitos materiales del derecho a deducción - Entrega efectiva de los bienes])
(2018/C 294/15)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: SGI (C-459/17) y Valériane SNC (C-460/17)
Recurrida: Ministre de l’Action et des Comptes publics
Fallo
El artículo 17 de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, en su versión modificada por la Directiva 91/680/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1991, debe interpretarse en el sentido de que, para denegar al sujeto pasivo destinatario de una factura el derecho a deducir el IVA mencionado en esa factura, basta con que la Administración acredite que las operaciones a las que corresponde dicha factura no han sido realizadas efectivamente.
