Última revisión
23/07/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 23 de Julio de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 23 de Julio de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62016CA0370
Fundamentos
| 23.7.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 259/4 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 30 de mayo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Novara — Italia) — Bruno Dell’Acqua / Eurocom Srl, Regione Lombardia
(Asunto C-370/16) (1)
((Procedimiento prejudicial - Privilegios e inmunidades de la Unión Europea - Protocolo n.o 7 - Artículo 1 - Necesidad o no de autorización previa del Tribunal de Justicia - Fondos Estructurales - Ayuda financiera de la Unión Europea - Procedimiento de embargo contra una autoridad nacional relativo a cantidades procedentes de dicha ayuda))
(2018/C 259/04)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunale di Novara
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Bruno Dell’Acqua
Demandadas: Eurocom Srl, Regione Lombardia
con intervención de: Renato Quattrocchi, Antonella Pozzoli, Loris Lucini, Diego Chierici, Nicoletta Malaraggia, Elio Zonca, Sonia Fusi, Danilo Cattaneo, Alberto Terraneo, Luigi Luzzi
Fallo
El artículo 1, última frase, del Protocolo (n.o 7) sobre los Privilegios y las Inmunidades de la Unión Europea debe interpretarse en el sentido de que la autorización previa del Tribunal de Justicia no es necesaria cuando un tercero incoe un procedimiento de embargo de un crédito frente a un organismo de un Estado miembro y que a su vez tiene una deuda con el deudor del tercero, beneficiario de fondos concedidos para ejecutar proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo.
