Última revisión
24/08/2020
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 24 de Agosto de 2020
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Orden: Supranacional
Fecha: 24 de Agosto de 2020
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62020CN0287
Fundamentos
| 24.8.2020 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 279/39 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Hamburg (Alemania) el 30 de junio de 2020 — EL, CP / Ryanair Designated Activity Company
(Asunto C-287/20)
(2020/C 279/53)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Amtsgericht Hamburg
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: EL, CP
Demandada: Ryanair Designated Activity Company
Cuestiones prejudiciales
¿Constituye una «circunstancia extraordinaria», a efectos del artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 261/2004, (1) la huelga del personal propio de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo que es organizada por un sindicato?
¿Tiene alguna relevancia a este respecto que se llevaran a cabo negociaciones con el representante o los representantes de los trabajadores antes de la huelga?
(1) Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91 (DO 2004, L 46, p. 1).

