Sentencia Supranacional T...il de 2020

Última revisión
27/04/2020

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 27 de Abril de 2020

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Orden: Supranacional

Fecha: 27 de Abril de 2020

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62020CN0086


Fundamentos

27.4.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 137/39


Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský soud v Brně (República Checa) el 18 de febrero de 2020 — VinaÅ™ství U Kapličky s.r.o. / Státní zemÄ›dÄ›lská a potravináÅ™ská inspekce

(Asunto C-86/20)

(2020/C 137/55)

Lengua de procedimiento: checo

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský soud v BrnÄ›

Partes en el procedimiento principal

Demandante: VinaÅ™ství U Kapličky s.r.o.

Demandada: Státní zemÄ›dÄ›lská a potravináÅ™ská inspekce

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Constituye el Documento V I 1, expedido sobre la base del Reglamento (CE) n.o 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.o 479/2008 del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, (1) en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola, que incluye un certificado emitido por un organismo autorizado de un tercer país en el que se indica que el producto se ha elaborado utilizando prácticas enológicas recomendadas y publicadas por la OIV [(Organización Internacional de la Viña y el Vino)] o autorizadas por la Comunidad, una mera condición administrativa para la entrada de vino en la Unión Europea?

2)

¿Se opone el Derecho de la Unión Europea a una norma nacional en virtud de la cual una persona que comercializa vino importado de Moldavia puede quedar exenta de responsabilidad por una infracción administrativa consistente en la comercialización de vino que ha sido objeto de prácticas enológicas no autorizadas en la Unión Europea si los organismos nacionales no han rebatido la presunción en la que se apoya esa persona de que el vino se elaboró utilizando prácticas enológicas autorizadas por la Unión Europea, presunción que dicha persona puede tener a la luz del Documento V I 1 expedido por las autoridades moldavas en virtud del Reglamento (CE) n.o 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.o 479/2008 del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola?


(1)  DO 2008, L 170, p. 1.


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