Última revisión
27/04/2020
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 27 de Abril de 2020
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 4 min
Orden: Supranacional
Fecha: 27 de Abril de 2020
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62018CA0384
Fundamentos
| 27.4.2020 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 137/10 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 27 de febrero de 2020 — Comisión Europea / Reino de Bélgica
(Asunto C-384/18) (1)
(Incumplimiento de Estado - Artículo 49 TFUE - Servicios en el mercado interior - Directiva 2006/123/CE - Artículo 25, apartados 1 y 2 - Restricciones a las actividades multidisciplinares de los contables)
(2020/C 137/11)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: H. Tserepa-Lacombe y L. Malferrari, agentes)
Demandada: Reino de Bélgica (representantes: L. Van den Broeck, M. Jacobs y C. Pochet, agentes, asistidas por C. Smits y D. Grisay, abogados, M. Vossen, G. Lievens y F. Haemers)
Fallo
| 1) | El Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 25 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, y del artículo 49 TFUE al prohibir el ejercicio conjunto de la actividad de contable y las de corredor o agente de seguros, de agente inmobiliario o cualquier otra actividad bancaria o de servicios financieros y al permitir que las cámaras del Institut professionnel des comptables et fiscalistes agrées (Instituto Profesional de Contables y Fiscalistas Autorizados) prohíban el ejercicio conjunto de la actividad de contable y de cualquier actividad artesanal, agrícola y comercial. |
| 2) | Desestimar el recurso en todo lo demás. |
| 3) | Condenar al Reino de Bélgica a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea. |

