Sentencia Supranacional T...to de 2018

Última revisión
27/08/2018

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 27 de Agosto de 2018

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Orden: Supranacional

Fecha: 27 de Agosto de 2018

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62018CN0402


Fundamentos

27.8.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 301/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 15 de junio de 2018 — Tedeschi Srl in proprio e quale Mandataria Rti, Consorzio Stabile Istant Service in proprio e quale Mandante Rti / C.M. Service Srl, Università degli Studi di Roma La Sapienza

(Asunto C-402/18)

(2018/C 301/24)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Tedeschi Srl in proprio e quale Mandataria Rti, Consorzio Stabile Istant Service in proprio e quale Mandante Rti

Recurrida: Università degli Studi di Roma La Sapienza

Recurrida y recurrente reconvencional: C.M. Service Srl

Cuestión prejudicial

¿Se oponen los principios de libertad de establecimiento y de libre prestación de servicios, previstos en los artículos 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), los artículos 25 de la Directiva 2004/18 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, (1) y 71 de la Directiva 2014/24 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, (2) que no establecen limitaciones con respecto al porcentaje que puede subcontratarse y a la reducción que ha de aplicarse a los subcontratistas, y el principio del Derecho de la Unión de proporcionalidad, a la aplicación de una normativa nacional en materia de contratación pública, como la normativa italiana prevista en el artículo 118, apartados 2 y 4, del Decreto Legislativo n.o 163 de 12 de abril de 2006, en virtud de la cual la subcontratación no puede superar el 30 % del importe total del contrato y el adjudicatario debe practicar, respecto de las prestaciones cedidas mediante subcontratación, los mismos precios unitarios resultantes de la adjudicación, con una reducción que no podrá ser superior al 20 %?


(1)  Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO 2004, L 134, p. 114).

(2)  Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65).


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