Última revisión
29/10/2018
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 29 de Octubre de 2018
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Orden: Supranacional
Fecha: 29 de Octubre de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62018CN0524
Fundamentos
| 29.10.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 392/9 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 10 de agosto de 2018 — Dr. Willmar Schwabe GmbH & Co. KG / Queisser Pharma GmbH & Co. KG
(Asunto C-524/18)
(2018/C 392/13)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Dr. Willmar Schwabe GmbH & Co. KG
Demandada: Queisser Pharma GmbH & Co. KG
Cuestiones prejudiciales
| 1) | ¿La referencia a beneficios saludables generales y no específicos va «acompañada» de una declaración de propiedades saludables específica conforme a una de las listas previstas en los artículos 13 y 14 del Reglamento (CE) n.o 1924/2006, (1) en el sentido del artículo 10, apartado 3, de dicho Reglamento, desde el momento en que la referencia se encuentra en la cara anterior y la declaración admitida en la cara posterior del envase y, conforme a la percepción del público, aunque el contenido de la declaración se refiera claramente a la referencia, esta no contiene ninguna indicación unívoca a la declaración de la cara posterior, como puede ser un asterisco? |
| 2) | Cuando se hace referencia a beneficios generales y no específicos en el sentido del artículo 10, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1924/2006, ¿deben existir las pruebas mencionadas en los artículos 5, apartado 1, letra a), y 6, apartado 1, de dicho Reglamento? |
(1) Reglamento (CE) n.o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (DO 2006, L 404, p. 9).
