Última revisión
30/03/2020
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 30 de Marzo de 2020
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Orden: Supranacional
Fecha: 30 de Marzo de 2020
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62018CA0252
Fundamentos
| 30.3.2020 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 103/2 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala novena) de 13 de febrero de 2020 — República Helénica / Comisión Europea, Reino de España
(Asunto C-252/18 P) (1)
(Recurso de casación - Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), sección «Garantía», Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) - Gastos excluidos de la financiación de la Unión Europea - Gastos efectuados por la República Helénica - Reglamento (CE) n.o 1782/2003 - Reglamento (CE) n.o 796/2004 - Régimen de ayudas por superficie - Concepto de «pastos permanentes» - Correcciones financieras a tanto alzado)
(2020/C 103/02)
Lengua de procedimiento: griego
Partes
Recurrente: República Helénica (representantes: G. Kanellopoulos, E. Leftheriotou, A. Vasilopoulou y E. Chroni, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, (representantes: D. Triantafyllou y A. Sauka, agentes) Reino de España (representantes: S. Jiménez García, agente)
Fallo
| 1) | Anular los puntos 1 y 2 del fallo de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 1 de febrero de 2018, Grecia/Comisión (T-506/15, no publicada, EU:T:2018:53), en la medida en que, por un lado, el Tribunal General desestimó el recurso de la República Helénica relativo a la corrección a tanto alzado del 25 % impuesta por la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1119 de la Comisión, de 22 de junio de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), correspondientes a los años de solicitud 2009 a 2011, por las deficiencias en la definición y el control de los pastos permanentes, y, por otro lado, decidió sobre las costas. |
| 2) | Desestimar el recurso de casación en todo lo demás. |
| 3) | Anular la Decisión de Ejecución 2015/1119 en cuanto impone a la República Helénica una corrección financiera a tanto alzado del 25 % aplicada a las ayudas por superficie correspondientes a los años de solicitud 2009 a 2011, por las deficiencias en la definición y el control de los pastos permanentes. |
| 4) | La República Helénica y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas correspondientes al procedimiento de primera instancia y al procedimiento de casación. |
| 5) | El Reino de España cargará con sus propias costas correspondientes al procedimiento de primera instancia y al procedimiento de casación. |

