Última revisión
31/01/2022
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 31 de Enero de 2022
Relacionados:
Tiempo de lectura: 3 min
Orden: Supranacional
Fecha: 31 de Enero de 2022
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62020CA0025
Fundamentos
| 31.1.2022 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 51/6 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 25 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Višje sodišÄe v Ljubljani — Eslovenia) — Procedimiento iniciado por NK, en su condición de síndico de la quiebra de Alpine BAU GmbH
(Asunto C-25/20) (1)
(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia civil - Procedimientos de insolvencia - Reglamento (CE) n.o 1346/2000 - Artículos 4 y 28 - Artículo 32, apartado 2 - Plazo fijado para la presentación de créditos en un procedimiento de insolvencia - Presentación de créditos en un procedimiento secundario de insolvencia en curso en un Estado miembro por el síndico del procedimiento principal en curso en otro Estado miembro - Plazo imperativo establecido por el Derecho del Estado de apertura del procedimiento de insolvencia secundario)
(2022/C 51/07)
Lengua de procedimiento: esloveno
Órgano jurisdiccional remitente
Višje sodišÄÂe v Ljubljani
Partes en el procedimiento principal
Demandante: NK, en su condición de síndico de la quiebra de Alpine BAU GmbH
con intervención de: Alpine BAU GmbH, Salzburgo — sucursal de Celje, en quiebra
Fallo
El artículo 32, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, en relación con los artículos 4 y 28 del mismo Reglamento, debe interpretarse en el sentido de que la presentación en un procedimiento de insolvencia secundario de créditos ya presentados en el procedimiento principal de insolvencia, por el síndico de este último procedimiento, está sujeta a las disposiciones relativas a los plazos de presentación de créditos y a las consecuencias de la presentación extemporánea establecidas por la ley del Estado de apertura de dicho procedimiento secundario.

