Sentencia Civil Nº 71/2008, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 3...2 de Febrero de 2008
Última revisión
Sentencia Civil Nº 71/2008, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 3486/2000 de 12 de Febrero de 2008
Sentencia
Orden: Civil
Fecha: 12 de Febrero de 2008
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GARCIA VARELA, ROMAN
Nº de sentencia: 71/2008
Nº de recurso: 3486/2000
Núm. Cendoj: 28079110012008100113
Resumen
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, sobre reclamación de cantidad. La recurrente alega que, dado que la sentencia recurrida entiende que, a la fecha de la reclamación planteada por la subcontratista contra la dueña de la obra, la deuda contraída por la ejecución del contrato de obra convenido, estaba íntegramente satisfecha y, por tanto, no subsistía ningún crédito pendiente, entonces la acción directa ejercitada carecería de justificación vulnerando así la ley. La Sala estima que la acción directa exige la existencia de un crédito de los que ponen el trabajo o los materiales en la obra contra el dueño de ésta, y, en el caso presente, no ha sido probada la presencia de ese crédito, y dado que la determinación de la existencia y cuantía del contratista y subcontratista contra el comitente es cuestión puramente de hecho, es obvio que esta materia queda a la apreciación del Tribunal "a quo" y, por tanto, excluida de la casación.
Voces
Acción directa
Suspensión de pagos
Dueño de obra
Comitente
Intervención y administración judicial
Interventores
Subcontrato
Práctica de la prueba
Insolvencia
Relación contractual
Reclamación extrajudicial
Error material
Voluntad
Valoración de la prueba
Dueño
Crédito futuro
Reclamación de cantidad
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