Sentencia Civil Nº 71/2008, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 3...2 de Febrero de 2008
Sentencia Civil Nº 71/200...ro de 2008

Última revisión
12/02/2008

Sentencia Civil Nº 71/2008, Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1, Rec 3486/2000 de 12 de Febrero de 2008

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Civil

Fecha: 12 de Febrero de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GARCIA VARELA, ROMAN

Nº de sentencia: 71/2008

Nº de recurso: 3486/2000

Núm. Cendoj: 28079110012008100113

Resumen
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, sobre reclamación de cantidad. La recurrente alega que, dado que la sentencia recurrida entiende que, a la fecha de la reclamación planteada por la subcontratista contra la dueña de la obra, la deuda contraída por la ejecución del contrato de obra convenido, estaba íntegramente satisfecha y, por tanto, no subsistía ningún crédito pendiente, entonces la acción directa ejercitada carecería de justificación vulnerando así la ley. La Sala estima que la acción directa exige la existencia de un crédito de los que ponen el trabajo o los materiales en la obra contra el dueño de ésta, y, en el caso presente, no ha sido probada la presencia de ese crédito, y dado que la determinación de la existencia y cuantía del contratista y subcontratista contra el comitente es cuestión puramente de hecho, es obvio que esta materia queda a la apreciación del Tribunal "a quo" y, por tanto, excluida de la casación.

Voces

Acción directa

Suspensión de pagos

Dueño de obra

Comitente

Intervención y administración judicial

Interventores

Subcontrato

Práctica de la prueba

Insolvencia

Relación contractual

Reclamación extrajudicial

Error material

Voluntad

Valoración de la prueba

Dueño

Crédito futuro

Reclamación de cantidad