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Los bienes sustraídos se valorarán conforme el precio de venta al público incluido el IVA. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, núm 327/2017, recurso 2188/2016 de 9-05-2017.
Relacionados:
Orden: Penal
Fecha: 09 de Mayo de 2017
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE, JUAN RAMON
Nº de sentencia: 327/2017
Núm. Cendoj: 28079129912017100003
Núm. Ecli: ES:TS:2017:1874
Núm. Roj: STS 1874:2017
Resumen
Voces
Precio de venta
Hurto
Seguridad jurídica
Bienes sustraídos
Tipo penal
Constitucionalidad
Valoración de la prueba
Valor real
Derecho a la tutela judicial efectiva
Cuestión de inconstitucionalidad
Igualdad ante la ley
Delito de hurto
Principio de legalidad
Resarcimiento de daños y perjuicios
Enriquecimiento injusto
Valor de mercado
Derecho de igualdad
Delito leve
Estafa
Principio de igualdad
Encabezamiento
En Madrid, a 9 de mayo de 2017
Esta sala ha visto Esta sala ha visto el recurso de casación nº 2188/2016, interpuesto por
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