Última revisión
El TJUE avala que los interinos no sean indemnizados por fin de contrato. Sentencia Supranacional Nº C-677/16, Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 05 de Junio de 2018
Relacionados:
Orden: Supranacional
Fecha: 05 de Junio de 2018
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Ponente: ARABADJIEV
Nº de sentencia: C-677/16
Núm. Cendoj: 62016CJ0677
Resumen
Voces
Contrato de trabajo de duración determinada
Contrato de interinidad
Contrato de Trabajo
Trabajador fijo
Puesto de trabajo
Condiciones de trabajo
Prejudicialidad
Extinción del contrato de trabajo
Contrato indefinido
Extinción del contrato
Cuestiones prejudiciales
Plazo de contrato
Reserva de puesto de trabajo
Contratos de trabajo formativos
Sustitución del trabajador
Pago de la indemnización
Extinción del contrato temporal
Cobertura de vacante
Trabajador temporal
Residencia
Despido colectivo
Convenio colectivo
Causas económicas, técnicas, organizativas y de producción
Centro de trabajo
Actividades empresariales
Abuso de derecho
Acumulación de tareas
Trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo
Ineptitud del trabajador
Objeto del contrato
Vencimiento del plazo
Indemnizaciones laborales
Indemnización por despido objetivo
Reincorporación al puesto de trabajo
Prestación de servicios
Terminación de los contratos
Desempleo
Indemnización por despido
Finalización del contrato de trabajo
Puesto vacante
Fundamentos
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)
de 5 de junio de 2018 ( *1 )
«Procedimiento prejudicial — Política social —
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